¿Quién puede solicitarlo?
Los electores que prevean que en la fecha establecida para la celebración de la votación (17/06/2026) no podrán ejercer su derecho personándose en el Colegio Electoral.

Forma de solicitarlo
Previa solicitud personal, formalizada con arreglo al modelo normalizado que te facilita la Cámara.

Plazo de presentación de solicitud
Desde el 23/04/2026 hasta el día 04/05/2026.

Lugar de presentación
Presencialmente: Ante la Secretaría de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria (calle León y Castillo 24, 1º, 35003, Las Palmas de Gran Canaria).

Correo electrónico: elecciones@camaragc.es, siendo requisito indispensable tu presentación con firma digital.

Mediante tu remisión por correo certificado y urgente.

Requisitos
Tu solicitud debe estar suscrita por ti (persona interesada) y la firma legitimada a través de fedatario público, certificación bancaria o certificación de la Secretaría General de la corporación. En la misma debes hacer constar:

Personas físicas: Tu identificación como elector adjuntando una fotocopia compulsada de tu DNI, pasaporte o permiso de conducir.

Personas jurídicas: El domicilio social, tus datos personales como titular del cargo o la relación que te vincule con la entidad y el número de identificación fiscal de la misma. Se adjuntará fotocopia compulsada del poder suficiente.

Documentación que recibirás
Sobre dirigido a la Junta Electoral indicando el colegio a quien deba ser entregado.

Papeleta o papeletas de votación.

Sobre para introducir cada una de las papeletas.

Certificación acreditativa de tu inscripción en el censo.

Candidaturas proclamadas en el grupo.

Hoja de instrucciones.

Envío de la documentación
La Cámara te enviará la documentación oportuna antes de diez días hábiles anteriores a la fecha de la elección, al domicilio que hayas señalado o, en su defecto, al que figure en el Censo Electoral. No podrás designar como domicilio un apartado de correos. La fecha prevista de entrega es a partir del 03/06/2026.

Fecha límite de recepción del voto por correo
Debes mandar tu voto por correo certificado y urgente con la antelación suficiente para que se reciba antes de las 12:00 horas del día 16/06/2026. No se admitirán los votos recibidos tras el referido término.

Modelos
Solicitud voto por correo.

Instrucciones.

¿Puedo votar presencialmente?
No, salvo que entregues a la mesa electoral la certificación acreditativa de tu inscripción en el censo remitida por la Cámara.

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