La Cámara constituyó su Corte de Arbitraje en el año 1991 y, desde entonces, desarrolla y pone a disposición de los empresarios métodos extrajudiciales, cómodos, dinámicos y seguros, para resolver los conflictos entre empresas.

En todas las economías modernas los métodos extrajudiciales de resolución de conflictos son los procedimientos más adecuados para solucionar de forma rápida y confidencial las controversias que puedan surgir entre los agentes económicos, tanto en el ámbito nacional como internacional, teniendo las Cámaras de Comercio de todo el mundo una labor protagonista en el desarrollo de estos sistemas extrajudiciales.

Tras mas de veinte años de existencia, la Corte de Arbitraje de la Cámara de Gran Canaria ha acumulado una amplia experiencia en la administración de arbitrajes y en la gestión de resolución de conflictos de forma amistosa.

La Corte de Arbitraje cuenta con amplios medios tanto, materiales como humanos así como de instalaciones modernas dotadas de los últimos adelantos tecnológicos en permanente actualización, lo que garantiza una gestión óptima de los procedimientos.

Marco Legal

El artículo 5.3 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación., y r) del artículo 3.2 de la Ley 18/2003, de Cámaras Canarias, establecen que las Cámaras de Comercio desempeñan la función de administrar arbitrajes mercantiles nacionales e internacionales, y realizar mediaciones y conciliaciones en conflictos mercantiles.

Pilares básicos

  • Independencia.
  • Cualificación de los árbitros y mediadores.
  • Eficaz sistema de gestión y diligencia en la tramitación.
  • Observancia en el cumplimiento de los códigos de conducta.

 

Procedimientos

La Cámara realiza cctos de Conciliación, Mediación y Arbitrajes, como métodos alternativos a los procesos judiciales que garantiza:

  • Rapidez.
  • Ahorro de Costes.
  • Seguridad Jurídica.
  • Confidencialidad.